Somos pareja de hecho inscrita. ?Estamos solteros o casados?

Somos pareja de hecho inscrita. ?Estamos solteros o casados?

Realiza pocos dias, acudieron a la notaria un vendedor y no ha transpirado un comprador de formalizar una escritura sobre liquidacion sobre una pequena embarcacion pesquera. Me quede sorprendido cuando, al preguntarle al comprador su estado civil, este nunca supo que contestar.

La disputa no se reducia an estar soltero o casado, porque el comprador estaba contiguo con su pareja inscrito en el Registro autonomico de parejas sobre hecho (en este caso Galicia). Acto seguido, el comprador me preguntaba En Caso De Que eso constituia cualquier inconveniente, a lo que yo le respondi que era la oportunidad legal perfectamente admisible, aunque que en mi parecer no era lo mas conveniente. No me malinterpreten, la forma en que cada uno organiza su vida, convivencia o las relaciones sobre pareja, nunca es sobre mi incumbencia, aunque el hecho sobre estar en una etapa que pueda acarrear inseguridad juridica, si.

Me explico, En Caso De Que el comprador en este caso estuviese casado (falto encontrarse pactado regimen economico matrimonial), compraria el solo Con El Fin De la comunidad de gananciales. En caso de que estuviese soltero, compraria de si similar. Sin embargo, igual que sucedia en este caso, ?y si constituye pareja de hecho inscrita en el registro autonomico? Por consiguiente bien, en este caso, la ley gallega en una cuestionable tecnologi­a legislativa, equipara a las parejas de hecho inscritas con los matrimonios. En el caso que les estoy comentando, el comprador me mostraba un certificado de el registro autonomico sobre parejas sobre hecho en el que se afirmaba que a todo el mundo los efectos esa pareja tenia regimen de gananciales igual que cualquier matrimonio. Hoy bien, igual que la adquisicion se trataba de una embarcacion, debia inscribirse en el registro sobre bienes muebles, y Cristalino, el registro de bienes muebles no entiende que la pareja de hecho si bien este inscrita tenga gananciales, entre otras cosas por motivo de que de la regulacion sobre la colectividad sobre gananciales no se ocupa la estatuto gallega. Y no ha transpirado para enredar mas la cuestion, al acontecer un barco debe inscribirse en un registro funcionario de buques, en el que se requiere que solo figure igual que titular alguien que sea profesional de la pesca (en el supuesto que nos ocupa, el comprador lo era, su pareja no).

Todo ello pone sobre relieve 2 situaciones a) la cuanti­a sobre tramites, ventanillas y burocracia con la que deberia enfrentarse cualquier residente ante esta o cualquier otra operacion, desplazandolo hacia el pelo b) la circunstancia de inseguridad que, a mi juicio, supone equiparar las parejas de hecho a los matrimonios.

Practicando un breve repaso a la regulacion de estas parejas de hecho en Espana, ante la carencia de regulacion estatal, a finales sobre los anos noventa, Cataluna asi­ como Aragon han sido las CC.AA pioneras en regular las parejas sobre hecho. Estas normas fueron novedosas porque por primera oportunidad regulaban su regimen sumarial, sobre todo en lo tocante a las parejas de el mismo sexo que, hasta aquel momento, se encontraban en una vergonzosa indefension ante la falta de revestimiento legislatura, por la imposibilidad de contraer casamiento.

Con los anos, la an una todas las CC.AA legislaron sobre la disciplina, la mayoridad con normas especificas en que se regulaban las uniones de hecho en la esfera civil que cumpliesen una grupo sobre requisitos (anos sobre convivencia, escritura publica, toma sobre causa en un registro chupatintas), de un manera excesivamente grande asi­ como con efectos bastante similares a los del matrimonio. En seguida bien, Cuando a partir del 2005 se reconocio la oportunidad del matrimonio dentro de individuos de el igual sexo, la pregunta que hay que realizarse deberia ser ?para que queremos uniones sobre hecho reguladas con efectos identicos o casi identicos al casamiento? o dicho sobre otro forma, ?para que regular de manera similar dos instituciones juridicas distintas? ?No es mas racional que junto a la regulacion integral de el casamiento se reconociesen, carente mas, ciertos efectos a las parejas de hecho derivados de la circunstancia sobre convivencia (sucesorios, pensiones, subrogaciones arrendaticias) carente urgencia sobre preparar una codigo ad-hoc? Una cosa tan simple, como que los que quieran se casen, y los que no, que sean pareja sobre hecho, ateniendose cada uno a las ventajas y desventajas de individuo u otro regimen.

Evidentemente, hexaedro el actual panorama legislativo, soy sabedor sobre que la etapa actual es cuasi-irreversible. No obstante, no es necesario olvidarnos que aquellos inconvenientes existen. Vease a titulo de ej la sentencia del TC 40/2014 sobre 11 sobre marzo que declara inconstitucional el parrafo botellin de el producto 174.3 sobre la normativa general sobre la proteccii?n social en lo relativo a la mencion a las parejas sobre hecho. De este modo que, si sois pareja de hecho en cualquier punto de la ciudadania espanola y no ha transpirado quereis tener resguardo en las reglas o pactos que han sobre regir vuestras relaciones personales y/o patrimoniales, como bien decian mis companeros de blog, Amador Zorrilla desplazandolo hacia el http://www.datingranking.net/es/casualdates-review pelo Maria Saenz de Santamaria, acudid a la notaria mas cercana tratando de conseguir asesoramiento. El asesoramiento notarial es regalado.